Nueva normativa discapacidad
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dbc121
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Re: Nueva normativa discapacidad
Hola,es importante identificar trastornos del neurodesarrollo porque creo que esta incluido el autismo...lo comento porque cuando fui al parque a preguntar por un familiar que tiene discapacidad la de atencion al cliente me dijo que personas con autismo,sondroome de down,tn mentales creía que podían pasar por la zona de discapacidad,pero que cada caso se tenia que valorar.
Creo importante que cada persona con discapacidad cuando vaya al parque haga su hoja de reclamación pertinente y respecto firmar lo que comentas me parece muy muy interesante pero yo no especificaría ningún tipo de enfermedad .Cuando vaya con mi familiar pondremos una queja ya que tiene fibromialgia pero no tiene reconocida movilidadreducida pero no puede estar micho rato de pie...
Creo importante que cada persona con discapacidad cuando vaya al parque haga su hoja de reclamación pertinente y respecto firmar lo que comentas me parece muy muy interesante pero yo no especificaría ningún tipo de enfermedad .Cuando vaya con mi familiar pondremos una queja ya que tiene fibromialgia pero no tiene reconocida movilidadreducida pero no puede estar micho rato de pie...
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opv1993
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Re: Nueva normativa discapacidad
Pregunta con discapacidad intelectal te dan pulsera no? porque entra en trastornos del neurodesarrollo?
Es para un familiar pues eso que tiene la discapacidad i tiene unos ciertos problemas.
Es para un familiar pues eso que tiene la discapacidad i tiene unos ciertos problemas.
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SANTICOS
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Re: Nueva normativa discapacidad
Explicado de forma muy básica y en general: la Movilidad Reducida se otorga DIRECTAMENTE en tres supuestos y, con un mínimo de 7 puntos, en un cuarto.
1-Ciegos, 2- Usuarios de silla de ruedas o de dos bastones y 3- Conductas agresivas o graves deficiencias intelectuales. En la 4 los puntos se obtienen si no superas determinados obstáculo.
Por ello es lógico que SÓLO tengan acceso prioritario aquellas personas que acrediten la movilidad reducida.
Un ejemplo; un camionero que perdiese parte o la totalidad de la visión de uno de sus ojos tendría una INCAPACIDAD TOTAL -ya no podrá conducir CAMIONES- y una discapacidad inherente reconocida del 33 % (sin embargo el equipo de valoración de discapacidad de la comunidad autónoma que correspondiese le daría un 12 aproximadamente).
Hasta ahora esa discapacidad le servía para no tener que hacer "colas" en Portaventura. Algo ilógico e injustificado a tenor de lo irrelevante de su discapacidad a la hora de tener que esperar o no.
Resulta lógico que acreditar una discapacidad no sea suficiente para NO SALTARSE LAS "COLAS". Tampoco es aceptable el mero hecho de aseverar "no puedo esperar, estar de pie, etc" -por muy cierto que pueda ser- . Esa realidad DEBE RECONOCERLA el equipo de valoración de la Comunidad Autónoma correspondiente.
A ningún discapacitado SIN MOVILIDAD REDUCIDA RECONOCIDA OFICIALMENTE se le ocurriría estacionar en una plaza reservada para ese fin. De igual manera debe entenderse que NO TENIÉNDOLA RECONOCIDA no deberías tener derecho a saltarte "cola" alguna.
1-Ciegos, 2- Usuarios de silla de ruedas o de dos bastones y 3- Conductas agresivas o graves deficiencias intelectuales. En la 4 los puntos se obtienen si no superas determinados obstáculo.
Por ello es lógico que SÓLO tengan acceso prioritario aquellas personas que acrediten la movilidad reducida.
Un ejemplo; un camionero que perdiese parte o la totalidad de la visión de uno de sus ojos tendría una INCAPACIDAD TOTAL -ya no podrá conducir CAMIONES- y una discapacidad inherente reconocida del 33 % (sin embargo el equipo de valoración de discapacidad de la comunidad autónoma que correspondiese le daría un 12 aproximadamente).
Hasta ahora esa discapacidad le servía para no tener que hacer "colas" en Portaventura. Algo ilógico e injustificado a tenor de lo irrelevante de su discapacidad a la hora de tener que esperar o no.
Resulta lógico que acreditar una discapacidad no sea suficiente para NO SALTARSE LAS "COLAS". Tampoco es aceptable el mero hecho de aseverar "no puedo esperar, estar de pie, etc" -por muy cierto que pueda ser- . Esa realidad DEBE RECONOCERLA el equipo de valoración de la Comunidad Autónoma correspondiente.
A ningún discapacitado SIN MOVILIDAD REDUCIDA RECONOCIDA OFICIALMENTE se le ocurriría estacionar en una plaza reservada para ese fin. De igual manera debe entenderse que NO TENIÉNDOLA RECONOCIDA no deberías tener derecho a saltarte "cola" alguna.
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opv1993
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Re: Nueva normativa discapacidad
https://autismodiario.org/2017/04/12/po ... funcional/
Si no tienes movilidad reducida pero tienes trastornos del neurodesarrollo te puedes saltar la cola.
Si no tienes movilidad reducida pero tienes trastornos del neurodesarrollo te puedes saltar la cola.
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SANTICOS
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Re: Nueva normativa discapacidad
En Portaventura han tenido la deferencia de reconocer el mismo derecho (acceso directo) a los discapacitados que presenten más del 74 % de discapacidad (en su página web no está suficientemente claro). En el caso de otras discapacidades lo valoran "in situ". Es curioso que no sea objeto de reproche el hecho de que Portaventura realice lo que NO ADMITE la administración. El problema es el haber concedido ciertos "derechos" de forma generalizada y ahora quitarlos. Es lógico que moleste. En otros parques seguramente acabarán tomando medidas similares. Si una persona presenta una discapacidad que le impide ESPERAR, ya sea de pie o sentado, es el Estado quien, a través del servicio de valoración de discapacidades, debe CERTIFICARLO. El resto son "reconocimientos" que hace la empresa sin estar obligada. Lo contrario es similar a reconocer, bajo criterios propios, el derecho a estacionar en zona reservada para discapacitados a cualquiera.
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Canariobono
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Re: Nueva normativa discapacidad
Todo esto esta muy bien pero una persona con problemas en una rodilla por ejemplo que no puedas estar dos horas de pie tiene un 33 por ciento pero no tiene movilidad que le decimos que no puede ir a port aventura
Un saludo
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gordopilo
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Re: Nueva normativa discapacidad
Hola Santicos,
Hasta ahora, Port Aventura tenía como "política" en lo referente a las personas con discapacidad, dar a las personas que certifiquen una discapacidad superior al 33% una pulsera que permite saltarse las colas a las atracciones del parque.
Ahora modifica esa política en base a los criterios que tenga a bien considerar, como en su momento decidió en otro sentido.
No entiendo que tendrá que ver la administración en esto. La administración expide los certificados de discapacidad y punto. No me compares que una administración asigne una plaza de aparcamiento en suelo público con que un parque de la posibilidad de saltarse una cola...básicamente porque no tienen absolutamente nada que ver.
Para mí la modificación es un error que les va a traer más problemas que beneficios, pero ellos verán.
Un saludo.
Hasta ahora, Port Aventura tenía como "política" en lo referente a las personas con discapacidad, dar a las personas que certifiquen una discapacidad superior al 33% una pulsera que permite saltarse las colas a las atracciones del parque.
Ahora modifica esa política en base a los criterios que tenga a bien considerar, como en su momento decidió en otro sentido.
No entiendo que tendrá que ver la administración en esto. La administración expide los certificados de discapacidad y punto. No me compares que una administración asigne una plaza de aparcamiento en suelo público con que un parque de la posibilidad de saltarse una cola...básicamente porque no tienen absolutamente nada que ver.
Para mí la modificación es un error que les va a traer más problemas que beneficios, pero ellos verán.
Un saludo.
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gemijean
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Re: Nueva normativa discapacidad
Pues por eso,no se puede poner un número. No es lo mismo que uno no vea por un ojo,que otro que no pueda estar mucho rato de pie. En fin,creo que en esto la ha cagado port aventura
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SANTICOS
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Re: Nueva normativa discapacidad
Si a cualquiera que diga que tiene problemas en la rodilla (y lo demuestre con informes médicos) y que afirme que éstos no le permiten esperar de pie (aunque nada le impide llevarse una silla plegable),¿ le concedemos también la tarjeta de aparcamiento sin pasar por un equipo de valoración que lo certifique?. Seamos prácticos; eliminemos los controles de los equipos de valoración y concedamos a lo loco los reconocimientos y beneficios y nos ahorraremos millones de euros.
Gordopilo, o no me he explicado bien o no me has entendido correctamente.
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gordopilo
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Re: Nueva normativa discapacidad
Extraido del enlace de opv1993
"Se consideran TRASTORNOS DEL NEURODESARROLLO todos aquellos cuadros crónicos y de inicio precoz que tienen en común la dificultad en la adquisición de actividades motoras, de lenguaje, de los conocimientos sociales que impiden el normal desarrollo de un niño. Los trastornos del desarrollo de un niño van desde las formas leves de las habilidades mencionadas hasta las formas graves que se denominan discapacidades del desarrollo, dentro de los cuales se incluyen la parálisis cerebral, el autismo, la epilepsia grave, discapacidad intelectual, los trastornos emocionales severos, los problemas visuales y auditivos y los trastornos severos del lenguaje, así como trastornos genéticos de origen conocido que inciden de igual manera en el desarrollo, tales como Down, Rett, X-Frágil."
Aquí se incluyen problemas que muchos dirán ¿y este no puede esperar una cola?
¿Realmente todo este lío les compensa de alguna manera? No puedo entenderlo.
Salu2.
"Se consideran TRASTORNOS DEL NEURODESARROLLO todos aquellos cuadros crónicos y de inicio precoz que tienen en común la dificultad en la adquisición de actividades motoras, de lenguaje, de los conocimientos sociales que impiden el normal desarrollo de un niño. Los trastornos del desarrollo de un niño van desde las formas leves de las habilidades mencionadas hasta las formas graves que se denominan discapacidades del desarrollo, dentro de los cuales se incluyen la parálisis cerebral, el autismo, la epilepsia grave, discapacidad intelectual, los trastornos emocionales severos, los problemas visuales y auditivos y los trastornos severos del lenguaje, así como trastornos genéticos de origen conocido que inciden de igual manera en el desarrollo, tales como Down, Rett, X-Frágil."
Aquí se incluyen problemas que muchos dirán ¿y este no puede esperar una cola?
¿Realmente todo este lío les compensa de alguna manera? No puedo entenderlo.
Salu2.
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iknition
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Re: Nueva normativa discapacidad
Me parece perfecto esta nueva normativa de momento a gente que le preguntado esta muy contenta por la atencion tanto en la oficina como en el parque mucho mas accesible a sus necesidades .menos restrictiva pero con mas condiciones a cumplir
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SANTICOS
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Re: Nueva normativa discapacidad
Precisamente por esa razón NO se tiene en cuenta el grado de discapacidad a la hora de reconocer o no la movilidad reducida.Canariobono escribió: 18 Abr 2017, 11:56 Todo esto esta muy bien pero una persona con problemas en una rodilla por ejemplo que no puedas estar dos horas de pie tiene un 33 por ciento pero no tiene movilidad que le decimos que no puede ir a port aventura
Un saludo
Como ejemplo: parapléjica con 68 % y movilidad reducida y discapacitado con el 86 % SIN movilidad reducida.
Portaventura ha considerado que una discapacidad "grave" (>74 %) merece reconocerle el derecho a no "esperar en la cola" y entrada gratis en igualdad de condiciones que la movilidad reducida.
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gordopilo
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Re: Nueva normativa discapacidad
Es muy probable que no te haya entendido bien...pero sigo sin hacerlo. ¿Que tiene que ver la valoración administrativa de una discapacidad con las condiciones que una empresa privada aplica a esas valoraciones oficiales?SANTICOS escribió: 18 Abr 2017, 12:18 Si a cualquiera que diga que tiene problemas en la rodilla (y lo demuestre con informes médicos) y que afirme que éstos no le permiten esperar de pie (aunque nada le impide llevarse una silla plegable),¿ le concedemos también la tarjeta de aparcamiento sin pasar por un equipo de valoración que lo certifique?. Seamos prácticos; eliminemos los controles de los equipos de valoración y concedamos a lo loco los reconocimientos y beneficios y nos ahorraremos millones de euros.
Gordopilo, o no me he explicado bien o no me has entendido correctamente.
Salu2.
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SANTICOS
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Re: Nueva normativa discapacidad
Poco importa lo que "muchos digan". Muchas discapacidades no se ven a simple vista, incluyendo la movilidad reducida. Quien tiene que reconocerlo y certificarlo es la Administración y ello deriva en determinados derechos que la Ley de integración de personas con discapacidad otorga y que deben ser asumidos y respetados por Portaventura.gordopilo escribió: 18 Abr 2017, 12:19 Extraido del enlace de opv1993
"Se consideran TRASTORNOS DEL NEURODESARROLLO todos aquellos cuadros crónicos y de inicio precoz que tienen en común la dificultad en la adquisición de actividades motoras, de lenguaje, de los conocimientos sociales que impiden el normal desarrollo de un niño. Los trastornos del desarrollo de un niño van desde las formas leves de las habilidades mencionadas hasta las formas graves que se denominan discapacidades del desarrollo, dentro de los cuales se incluyen la parálisis cerebral, el autismo, la epilepsia grave, discapacidad intelectual, los trastornos emocionales severos, los problemas visuales y auditivos y los trastornos severos del lenguaje, así como trastornos genéticos de origen conocido que inciden de igual manera en el desarrollo, tales como Down, Rett, X-Frágil."
Aquí se incluyen problemas que muchos dirán ¿y este no puede esperar una cola?
¿Realmente todo este lío les compensa de alguna manera? No puedo entenderlo.
Salu2.
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gordopilo
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Re: Nueva normativa discapacidad
Hola iknition,iknition escribió: 18 Abr 2017, 12:21 Me parece perfecto esta nueva normativa de momento a gente que le preguntado esta muy contenta por la atencion tanto en la oficina como en el parque mucho mas accesible a sus necesidades .menos restrictiva pero con mas condiciones a cumplir
Por curiosidad, ¿puedes citarme un par de detalles que hagan el parque "...mucho más accesible a sus necesidades..." desde la modificación de la politica de tratamiento de discapacidades en Port Aventura?
Salu2.
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gordopilo
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Re: Nueva normativa discapacidad
Efectivamente. Pero no mezcles. La administración obliga a PortAventura a tener acceso para discapacitados, pero no establece quien hace colas o no.SANTICOS escribió: 18 Abr 2017, 12:39 "..............Quien tiene que reconocerlo y certificarlo es la Administración y ello deriva en determinados derechos que la Ley de integración de personas con discapacidad otorga y que deben ser asumidos y respetados por Portaventura.
La obligación del acceso lo impone la administración...pero no tiene NADA que ver que esperen más o menos en acceder a la atracción, ese beneficio lo otorga EXCLUSIVAMENTE Port Aventura.
Salu2.
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Re: Nueva normativa discapacidad
Es muy probable que no te haya entendido bien...pero sigo sin hacerlo. ¿Que tiene que ver la valoración administrativa de una discapacidad con las condiciones que una empresa privada aplica a esas valoraciones oficiales?
Salu2.
[/quote]
Sin entrar en consideraciones legales más profundas; los derechos reconocidos en la Ley hay que respetarlos y eso hace Portaventura al conceder acceso a las atracciones por zonas adaptadas a las personas con movilidad reducida. Dar "mayores derechos" (rebaja de precio, gratuidad, acceso preferente, etc) es opción libre.
Salu2.
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Sin entrar en consideraciones legales más profundas; los derechos reconocidos en la Ley hay que respetarlos y eso hace Portaventura al conceder acceso a las atracciones por zonas adaptadas a las personas con movilidad reducida. Dar "mayores derechos" (rebaja de precio, gratuidad, acceso preferente, etc) es opción libre.
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gordopilo
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Re: Nueva normativa discapacidad
No hay consideraciones legales mas profundas. Una atracción tiene que tener acceso para discapacitados con movilidad reducida (cosa que no ocurre por ejemplo en magic fish). Lo que esa persona con discapacidad tarde en montarse dependerá de la política de preferencia de acceso del parque, no de la administración.
Y lo que aquí se discute es que, antes Portaventura permitía a una serie de personas acceder a ese beneficio y ahora lo ha restringido. Nadie les obligaba a concederlo y lo hacían. ¿Que les ha motivado a restringirlo, con la particularidad de, en determinados casos además , tener que evaluarlo?
Salu2.
Y lo que aquí se discute es que, antes Portaventura permitía a una serie de personas acceder a ese beneficio y ahora lo ha restringido. Nadie les obligaba a concederlo y lo hacían. ¿Que les ha motivado a restringirlo, con la particularidad de, en determinados casos además , tener que evaluarlo?
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Re: Nueva normativa discapacidad
Y las personas con una discapacidad inferior al 33 % pero que "aleguen" no poder esperar, ¿también tiene que darles el mismo trato Portaventura? ¿Se debería admitir esa discriminación?gordopilo escribió: 18 Abr 2017, 12:45Efectivamente. Pero no mezcles. La administración obliga a PortAventura a tener acceso para discapacitados, pero no establece quien hace colas o no.SANTICOS escribió: 18 Abr 2017, 12:39 "..............Quien tiene que reconocerlo y certificarlo es la Administración y ello deriva en determinados derechos que la Ley de integración de personas con discapacidad otorga y que deben ser asumidos y respetados por Portaventura.
La obligación del acceso lo impone la administración...pero no tiene NADA que ver que esperen más o menos en acceder a la atracción, ese beneficio lo otorga EXCLUSIVAMENTE Port Aventura.
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Re: Nueva normativa discapacidad
Esa circunstancia (haber concedido un beneficio y ahora suprimirlo) ya la indiqué como el origen de la discusión. (lo de consideraciones legales más profundas me refería a discutir si se puede admitir "valoraciones privadas" como hace todavía Portaventura, dado que ello podría dar origen a discriminación. Máximo teniendo en cuenta que ellos no son quienes para valorar discapacidades).gordopilo escribió: 18 Abr 2017, 12:55 No hay consideraciones legales mas profundas. Una atracción tiene que tener acceso para discapacitados con movilidad reducida (cosa que no ocurre por ejemplo en magic fish). Lo que esa persona con discapacidad tarde en montarse dependerá de la política de preferencia de acceso del parque, no de la administración.
Y lo que aquí se discute es que, antes Portaventura permitía a una serie de personas acceder a ese beneficio y ahora lo ha restringido. Nadie les obligaba a concederlo y lo hacían. ¿Que les ha motivado a restringirlo, con la particularidad de, en determinados casos además , tener que evaluarlo?
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